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Descubre la devolución de primas

Devolución en la cancelación

¿Qué pasa con las primas en caso de la cancelación de un seguro?

Todos necesitamos sentirnos seguros. Pero es cierto que, en ciertos momentos, puede producirse el caso de que el objeto asegurado desaparece o el contrato acaba antes de que termine el periodo de cobertura. Entonces, en estos casos, ¿Debe la empresa devolver las primas?

«El dinero no te hace feliz, pero relaja los nervios»

– Sean O’Casey

Al arriesgarse el asegurador durante todo el tiempo del contrato, y no por periodos temporales, la prima es indivisible. Pero, si el pago es fraccionado, ¿puede haber devolución de primas?

Al ser indivisible, la prima corresponde al asegurador durante la duración del contrato, sea como sea que se realice el pago. Por esto, si el objeto asegurado desaparece, el tomador debe las primas fraccionadas pendientes de pago. Y si las pagó al inicio del periodo, no tiene derecho a recuperar ninguna parte de ésta.

Ante esta situación surge la pregunta de si hay alguna posibilidad de devolución de primas. La respuesta es que sí.

Por supuesto se pueden acordar entre las partes otras soluciones, como aplicar la prima no consumida a un nuevo seguro. Algunas aseguradoras incluyen en sus pólizas que, al desaparecer el objeto asegurado durante el periodo de cobertura, se mantenga la prima no consumida durante un tiempo para que el asegurado traslade el importe al aseguramiento de un nuevo objeto. Esta cláusula no se considera una conducta ni abusiva ni limitativa de los derechos del asegurado por parte de la aseguradora.

¿Quién regula el aumento de primas en los seguros en general?

En la actualidad las tarifas de primas deben ser suficientes para que la aseguradora pueda satisfacer las obligaciones de sus contratos y constituir las provisiones técnicas adecuadas. También se podrán guiar por el régimen de libertad de competencia en el mercado, sin que sea un acto restrictivo de la competencia el utilizar tarifas de primas de riesgo en base a estadísticas comunes.

Y, ¿qué es el principio de suficiencia de la prima?

Es el principio que establece que las tarifas de primas aplicadas por las aseguradoras deben ser suficientes para satisfacer las obligaciones de los contratos de seguro. Es una garantía de solvencia que garantiza el cumplimiento de los contratos.

Aclarar que las tarifas de primas no tienen autorización administrativa.

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